Bulas papales, Capitulaciones y doctrina romano-canónica: la conquista de los
archipiélagos atlánticos
Con anterioridad a la incorporación de las Islas Canarias a la Corona de
Castilla, los archipiélagos atlánticos (Madeira, Azores, Cabo Verde, Islas
Salvajes e Islas Canarias) eran conocidos sin duda debido a la incipiente
navegación por las costas africanas que se había iniciado en la Baja Edad
Media. Estos archipiélagos no siempre identificados geográficamente en la cartografía
de la época fueron objeto de diversas Bulas papales desde el siglo XIV que
dirimieron aunque con poca fortuna los conflictos entre Castilla y Portugal.
Las Bulas de Alejandro VI, rememoran las de Clemente VI referidas a las Islas
Canarias. Decidida ya la conquista militar de las Islas Canarias, se utilizará
como instrumento contractual/normativo, el de las Capitulaciones, lo mismo que ocurrirá en las Indias, en los
prolegómenos de los viajes colombinos. Y por último, ha de tenerse en cuenta
que diversas doctrinas de autores del
Ius Commune (en interpretación del Digesto) determinaron que en el Concilio de
Basilea se decidiera el mejor derecho de Castilla sobre Portugal para la
conquista de los territorios canarios. Los postulados romano-canónicos
posteriormente constituirían la base teórica de la conquista de las Indias
(“res nullius”, “bona vacantia”, etc.”. En los tres niveles indicados (Bulas papales,
Capitulaciones y doctrina
romano-canónica) tiene un papel esencial el aborigen canario, que desde los
siglos bajo medievales había tenido una cierta presencia en los mercados
esclavistas europeos.
Dra. M. Carmen Sevilla González.
Catedrática de Historia del Derecho y de las
Instituciones.
Departamento de Disciplinas Jurídicas Basicas.
Facultad de Derecho, Universidad de la Laguna.
1 comentario:
Me interesaría mucho saber como se ha usado la expresión "aborigen canario" en la historiografía sobre las Islas Canarias. En la historiografía americanista en distintos momentos de han desarrollado encendidas discusiones acerca del uso de los términos "indio", "indígena", "pueblos precolombinos" etc. sin hablar de la dificil definición de las "castas" y la relación entre estos términos y los conceptos de "etnia" y "raza" también muy presentes en la historiografía sobre América. Existen trabajos específicos para el caso canario? Se ha comparado el uso de estos términos para Canarias y para América?
También me gustaría mucho tener más informaciones sobre como las fuentes de la temprana edad moderna describen a los habitantes de las Islas Canarias. Esto porque recientemente he analizado algunas bulas pontificias que tratan de los mestizos americanos y me parece que la Sede Apostólica usa estos términos con mucha propiedad distiguiendo entre dos niveles: un nivel jurídico-canónico donde los habitantes de las Indias son definidos en relación a su pertenencia política (vasallos) o a su camino en la fé cristiano (neófitos, catecúmenos, cristianos nuevos); un nivel histórico-lingüístico donde se reutilizan palabras aceptadan y utilizadas en el mundo hispano (mestizos) para explicar un concepto o la aplicación de una norma, pero siempre aclarando que se trata de palabras utilizadas en un específico contexto histórico-geográfico y que no presentan una conotación jurídica válida para la Sede Apostólica.
Espero que podamos discutir sobre este punto y pienso que sería de gran utilidad contruir una bibliografía básica sobre estos conceptos.
Saludos cordiales,
Benedetta Albani
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